sábado, 20 de junio de 2009

Taller

1. IVA: Es un gravamen de naturaleza indirecta que en Colombia se da bajo la modalidad de valor agregado, es decir que se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de producción, importación y distribución, en síntesis es el impuesto al valor agregado.

2. Estatuto tributario: Según el decreto 624 del 30 marzo del 89 es el compendio de normas que rigen el sistema de tributación en Colombia. El estatuto tributario de los impuestos administrador por la dirección de impuestos y aduanas nacionales DIAN contiene las leyes y decretos que establecen las obligaciones tributarias y sanciones de los contribuyentes del impuesto de renta y complementario, la retención en la fuente, los impuestos sobre ventas, el impuesto de timbre nacional y el gravamen a los movimientos financieros GMF

3. Clasificaciones de los bienes para efectos del IVA
♥ Bienes gravados:
Son aquellos a los que se les aplica la tarifa correspondiente, de acuerdo con la clasificación asignada
♥ Bienes exentos: Tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados a la tarifa de cero; están exonerados del impuesto, los productores de dichos bienes adquieren la calidad de responsables con derecho a devolución de este impuesto
♥ Bienes excluidos o que no causan: Son aquellos que por expresa disposición de la ley no causan el impuesto, de tal forma que quien comercializa con ellos no se convierte en responsable de impuesto a las ventas, ni tiene obligación alguna con el gravamen.

4. Defina los nuevos bienes y servicios gravados:
Según el articulo 468-1 los bienes gravados con la tarifa del 7% algunos vienen relacionados son: las obras de arte originales, fósforos o cerillas, cereales de uso industrial, embutidos y productos similares, productos de panadería, pastelería, maquinas, aparatos y artefactos agrícolas, aparatos para la industria lechera. A partir del 1 de enero del 2005 estos bienes quedaran gravados a la tarifa del 10%
Según el artículo 468-2 bienes gravados con la tarifa del 2% son: animales vivos
Según el artículo 468-3 servicio gravado con la tarifa del 7% son:
1- El servicio de arrendamientos de inmuebles diferentes a los destinados para vivienda y espacios para exposiciones y muestra artesanal nacional
2- Los servicios de aseo, los servicios de vigilancia aprobados por la superintendencia de vigilancia privada y los servicios temporales de empleo, cuando sean prestados por empresas autorizadas por el ministerio de trabajo y seguridad social o autoridad competente en la parte correspondiente al AUI. Este valor será cobrado por las empresas que pertenezcan al régimen común
3- El servicio de alojamiento prestado por establecimientos del régimen nacional del turismo, y otros.
4- El servicio prestado para el ejercicio físico
5- Los planes de medicina prepagada


5. Defina cada uno de los regimenes a las ventas, requisitos y obligaciones
♥ Régimen simplificado: A este pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos así como quienes presten servicios gravados; entre sus obligaciones esta inscribirse en el RUT, llevar un libro fiscal, no cobrar el IVA, no presentar declaración de renta entre otros.
♥ Régimen común: Se pertenece a este cuando no se cumplen los requisitos para pertenecer al régimen simplificado; todas las personas jurídicas pertenece el régimen común; tiene como obligación inscribirse en el RUT, expedir facturas, presentar una declaración bimensual de ventas e informar a la DIAN del cese de actividades entre otras

6. Defina la retención en la fuente: Es un mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos de renta complementarios por la cual un agente retención deduce a un pasivo un porcentaje determinado del valor por pagar

7. Defina los agentes retenedores, obligaciones:
Las entidades de derecho publico, los fondos en general, consorcios y uniones temporales, comunidades organizadas, notarios y oficinas de transito, la nación los departamentos y entidades del estado entre otras. Entre sus obligaciones esta: retener cuando realicen un pago o abono en una cuenta sujeta a retención, consignar a favor de la DIAN, expedir certificados sobre la retenciones practicadas y ya registros contables en donde consta las retenciones practicas

Contrato de trabajo

Según el código sustantivo del trabajo contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneracion. quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario. (art. 22 CST).

Elementos del contrato de trabajo:
Para que haya contrato de trabajo se requieren tres elementos esenciales:

Actividad personal del trabajor.
Subordinación del trabajador hacia el empleador.
Salario como retribución del servicio.

Clases de contrato de trabajo.
De acuerdo con la legislación laboral colombiana, los contratos de trabajo se pueden clasificar de la siguiente forma:

• Accidental o transitorio: La duración del contrato debe ser inferior a un mes.
De obra o labor: El contrato tiene un término equivalente a la duracion de la obra.
• A termino fijo: Su duración no puede exceder 3 años.
• A termino indefinido: Cuando las partes no determinan su duración, se entiende celebrado a término indefinido.

Terminación del contrato de trabajo.

El contrato termina:

1. Por muerte del trabajador.
2. Por mutuo acuerdo..
3. Por expiración del plazo fijo pactado.
4. Por terminación de la obra o labor contratada.
5. Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento.
6. Por suspensión de actividades por parte del empleador durante mas de 120 dias.
7. Por sentencia ejecutoriada.
8. Por decisión unilateral por parte del empleador o por parte del trabajador.
9. Por no regresar el trabajador a su empleo
10. Al desaparecer la causa de suspensión del contrato.
11. Incapacidad total del trabajador.
12. Despido indirecto o despido por culpa del empleador.

Indemnización por terminación del contrato de trabajo sin justa causa.


♥ En contratos a termino indefinido.
Cuando sin justa causa el empleador da por terminado el contrato de trabajo a término indefinido, esta obligado a pagar una indemnización de acuerdo con el tiempo laborado y el salario devengado, asi:
1. Para trabajadores que devenguen un salario inferior a 10 salarios minimos legales mensuales, la indemnizacioó sera de 30 dias de salario por el primer año, y 20 dias adicionales por cada año subsiguiente y proporcionalmente por fracción de año.
2. Cuando el trabajador devengue un salario igual o superior a 10 salarios minimos legales mensuales, la indemnización será 20 dias de salario por el primer año y 15 dias adicionales por cada uno de los años siguientes y proporcionalmente por fracción de año.
3. A los trabajadores que, al entrar en vigencia la ley 50 de 1990, tienen 10 o mas años de servicio continuo: 45 dias por el primer año y 40 dias adicionales por cada año subsuguiente al primero y proporcionalmente por fracción.

♥ En contratos a término fijo.
La indemnización a cargo del empleador será equivalente al valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado en el contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra contratada; en este caso la indemnización no será inferior a 15 dias.

SENA

El escudo del SENA (y la bandera) diseñados a comienzos de la creación de nuestra institución, reflejan los tres sectores económicos dentro de los cuales se ubica el accionar de la institución, a saber: el piñón, representativo del de industria; el caduceo, asociado al de comercio y servicios; y el café, ligado al del primario y extractivo.

El logotipo muestra de forma gráfica la síntesis de los enfoques de la formación que impartimos: permanente, en la que el individuo es el responsable de su propio proceso de aprendizaje.

Himno del SENA

CORO
Estudiantes del SENA adelante
Por Colombia luchad con amor
Con el ánimo noble y radiante
Transformémosla en mundo mejor

I
De la patria el futuro destino,
en las manos del joven está,
el trabajo es seguro camino,
que el progreso a Colombia dará.

II
En la forja del SENA se forman,
hombres libres que anhelan triunfar,
con la ciencia y la técnica unidas,
nuevos rumbos de paz trazarán.

III
Hoy la patria nos grita sentida,
¡Estudiantes del SENA triunfad!
solo así lograréis en la vida,
más justicia, mayor libertad.

IV
Avancemos con fuerza guerrera,
¡Estudiantes con firme tesón!
que la patria en nosotros espera,
su pacífica revolución.

Letra: Luis Alfredo Sarmiento
Música: Daniel Marlez

Misión: El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional Integral gratuita, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.

Visión: El SENA será una organización de conocimiento para todos los colombianos, innovando permanentemente en sus estrategias y metodologías de aprendizaje, en total acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.
Principios:
Primero la vida
La dignidad del ser humano
La libertad con responsabilidad
El bien común prevalece sobre los intereses particulares
Formación para la vida y el trabajo

Valores:

Respeto
Librepensamiento y actitud crítica
Liderazgo
Solidaridad
Justicia y equidad
Transparencia
Creatividad e innovación.

Archivística

La archivística es el estudio teórico y práctico de los principios, procedimientos y problemas concernientes al almacenamiento de documentos, buscando que dicha documentación se mantenga en el tiempo, pueda ser consultada y clasificada.
Documento archivístico es toda expresión testimonial, en cualquier lenguaje, forma o soporte (forma oral o escrita, textual o gráfica, manuscrita o impresa, en lenguaje natural o codificado, en cualquier soporte documental así como en cualquier otra expresión gráfica, sonora, en imagen o electrónica), generalmente en ejemplar único, (aunque puede ser multicopiado o difundido en imprenta).
Francisco Fuster
La archivística se había mantenido centrada en buscar maneras de almacenamiento, conservación y restauración de documentos físicos, pero con la llegada de los medios digitales, la archivística tuvo que replantearse para dar cabida a las nuevas formas de almacenar y gestionar información.
La disciplina también se ocupa por el contexto donde se da dicha información y el uso que le será dado, y aunque esta profesión se haya relacionado frecuentemente con las bibliotecas y archivos grandes, también ha dado paso al estudio de técnicas para pequeños archivos, como archivos familiares, o de pequeñas organizaciones.
La archivística se enseña como ciencia en muchas universidades; en programas de Biblioteconomía, Documentación y Museología, las llamadas Ciencias de la documentación; y en algunos casos como cursos en carreras de Historia.

Documentación y registro de operaciones